Este artículo es un documento que contempla los aspectos más relevantes de la nueva revisión de mayo de 2024 de la DEEE (Directiva (UE) 2024/1275 para la Eficiencia energética de los edificios. Permitirá entender mejor la lectura, compresión y aplicación de la DEEE al sector de los cerramientos del PVC. Ante cualquier duda de interpretación, se debe recurrir al texto original.
Esta legislación europea es importante para el sector del cerramiento de PVC porque aporta herramientas, objetivos y un plan de trabajo para los siguientes 26 años con un único objetivo: mejorar de forma importante la eficiencia energética de los edificios nuevos y existentes en la UE hasta conseguir un parque inmobiliario de cero emisiones en 2050. La ventana de alta eficiencia energética con un círculo cerrado de reciclaje puede ser un elemento fundamental y tiene la oportunidad de jugar un papel determinante, junto con otras tecnologías, para conseguir estos objetivos.
Es importante comprender el contexto histórico y las necesidades de esta nueva refundición de la DEEE. Tras los Acuerdos de París de 2015, se publicó el Pacto Verde Europeo en 2019, que generaría una batería de nuevas políticas como la oleada de renovación, el objetivo 55 o la nueva Bauhaus Europea. El 40 % del consumo final de energía en la Unión y el 36 % de sus emisiones de gases de efecto invernadero relacionadas con la energía corresponden a los edificios, mientras que el 75 % de los edificios de la Unión siguen sin ser eficientes desde el punto de vista energético. El consumo de energía para la calefacción de los edificios en el sector residencial se basa en gran parte en combustibles fósiles. Por ello, la reducción del consumo de energía, en consonancia con el principio de «primero, la eficiencia energética» y el uso de energía procedente de fuentes renovables en el sector de la edificación constituyen una parte importante de las medidas necesarias para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y la pobreza energética en la Unión. La taxonomía de la UE clasifica las actividades económicas medioambientalmente sostenibles de todos los sectores económicos, incluido el sector de la construcción. La renovación de edificios que tiene por objeto cumplir las normas mínimas de eficiencia energética está normalmente en consonancia con los criterios de la taxonomía de la UE en relación con las actividades de renovación de edificios.
El objetivo principal de la DEEE es fomentar la mejora de la eficiencia energética de los edificios sitos en la Unión y la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero, con el fin de lograr un parque inmobiliario de cero emisiones a más tardar en 2050. Para ello se crea un marco común de una metodología de cálculo de la eficiencia energética de los edificios, y se aplican unos requisitos mínimos de eficiencia energética a edificios nuevos y existentes, introduciendo el cálculo del potencial de calentamiento global (en adelante PCG) a lo largo del ciclo de vida de los edificios.
A continuación, se indican los aspectos principales de la DEEE, finalizando el artículo con un calendario con los hitos más relevantes para el sector del cerramiento de PVC.
Cada Estado miembro establecerá un plan nacional de renovación de edificios (residenciales, no residenciales, públicos y privados), transformándolos en parques inmobiliarios con alta eficiencia energética y descarbonizados a más tardar en 2050, con el objetivo de transformar los edificios existentes en edificios de cero emisiones. Este plan incluirá una visión general del parque inmobiliario, una hoja de ruta, los umbrales para las emisiones de gases de efecto invernadero operativas y la demanda anual de energía primaria de un edificio de cero emisiones nuevo o renovado, a trayectoria nacional para la renovación del parque de edificios residenciales, incluidos los hitos de 2030 y 2035, una estimación del ahorro energético y las normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales.
El potencial de calentamiento global (PCG) a lo largo de todo el ciclo de vida de un edificio indica la contribución general del edificio a las emisiones causantes del cambio climático, y comprende las emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas en los productos de construcción y las emisiones directas e indirectas de la etapa de uso. Se crea un calendario para incorporar el requisito de calcular el PCG en edificios nuevos.
Los Estados miembros tomarán las medidas necesarias para garantizar que se establezcan unos requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios, en particular adoptarán las medidas necesarias para garantizar que cuando se proceda a la sustitución o mejora de los elementos de un edificio que integren la envolvente del edificio y que repercutan de manera significativa en la eficiencia energética de dicha envolvente, se fijen unos requisitos mínimos de eficiencia energética para ellos.
Los Estados miembros establecerán normas mínimas de eficiencia energética para edificios no residenciales (en su conjunto, por tipo de categoría de edificios) que garanticen que dichos edificios no excedan el umbral máximo de eficiencia energética especificado, expresado por el indicador numérico del uso de energía primaria o final en kWh/(m2.a). Se fijan unos umbrales de forma que se actuará sobre los edificios de peor eficiencia energética, pero 16% del parque para 2030, y peor 26% del parque para 2033.
Sobre el parque inmobiliario residencial, cada estado miembro establecerá una trayectoria nacional para la renovación progresiva y en consonancia con la hoja de ruta nacional y los objetivos para 2030, 2040 y 2050 incluidos en su plan nacional de renovación de edificios y con el fin de transformar el parque inmobiliario nacional en un parque de edificios de cero emisiones a más tardar en 2050. La trayectoria nacional para la renovación progresiva del parque inmobiliario residencial se expresará como una disminución del uso medio de energía primaria en kWh/(m2.a) de todo el parque inmobiliario residencial durante el período comprendido entre 2020 y 2050, e identificará el número de edificios residenciales y de unidades residenciales de edificios o la superficie que deban renovarse anualmente, incluido el número o la superficie del 43 % de los edificios residenciales y las unidades residenciales de edificios menos eficientes. Se fijan los objetivos de reducir el uso medio de energía primaria en un 16% para 2030 y entre un 20% y un 22 % para 2035.
Los Estados miembros contribuirán al cumplimiento de las normas mínimas de eficiencia energética mediante todas las medidas siguientes: establecer medidas financieras adecuadas, proporcionar asistencia técnica, diseñar sistemas de financiación, eliminar las barreras no económicas, y hacer un seguimiento de las repercusiones sociales.
Los edificios de cero emisiones no generarán emisiones de carbono in situ procedentes de combustibles fósiles. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar que la demanda energética de un edificio de cero emisiones se ajuste a un umbral máximo y fijarán este umbral, que será como mínimo un 10 % inferior al umbral para el uso total de energía primaria establecido en cada Estado miembro para los edificios de consumo de energía casi nulo el 28 de mayo de 2024.
Los Estados miembros introducirán un sistema para pasaportes de renovación, de uso voluntario por los propietarios de edificios y de unidades de un edificio, a menos que el Estado miembro decida hacerlo obligatorio.
Los Estados miembros proporcionarán financiación, medidas de apoyo y otros instrumentos adecuados que permitan abordar las barreras del mercado a fin de que se produzcan las inversiones necesarias consignadas en su plan nacional de renovación de edificios. Los Estados miembros adoptarán medidas para promover productos de préstamo de eficiencia energética para la renovación de edificios, como las hipotecas y préstamos verdes,
Los Estados miembros velarán por el establecimiento y funcionamiento de servicios de asistencia técnica, por ejemplo, a través de ventanillas únicas inclusivas para la eficiencia energética de los edificios, dirigidos a todos los agentes implicados en las renovaciones de edificios, entre otros, los propietarios de viviendas y los agentes administrativos, financieros y económicos, como las pymes, incluidas las microempresas. Los estados miembros velarán por el establecimiento en todo el territorio nacional de ventanillas únicas.
El certificado de eficiencia energética deberá especificar la clase de eficiencia energética del edificio, utilizando una escala fija que emplee únicamente letras de la A (edificios de cero emisiones) a la G (los edificios menos eficientes del parque inmobiliario nacional). El certificado de eficiencia energética deberá incluir recomendaciones para mejorar de manera rentable la eficiencia energética, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero operativas y mejorar la calidad ambiental interior de un de un edificio o de una unidad de un edificio. Los Estados miembros exigirán que los edificios o unidades de un edificio que se pongan a la venta o en alquiler tengan un certificado de eficiencia energética, y que se hagan constar en los anuncios publicitarios. Cada Estado miembro creará una base de datos nacional de la eficiencia energética de los edificios que permita recopilar datos tanto de la eficiencia energética de los edificios individuales como de la eficiencia energética global del parque inmobiliario nacional
Hitos más relevantes para el cerramiento de PVC de la DEEE
FECHA | HITO |
2025-01-01 | Los Estados miembros no concederán ningún incentivo financiero para la instalación de calderas independientes alimentadas con combustibles fósiles. |
2025-03-31 | La Comisión presentará un análisis, que servirá como base para el informe que presentarás posteriormente al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la eficacia y la suficiencia de los instrumentos financieros hacia la mejora de la eficiencia energética de los edificios. |
2025-05-29 | La Comisión adoptará un acto delegado mediante el establecimiento de un marco global para la cartera, de uso voluntario por parte de las entidades financieras, a fin de animar de manera efectiva a las entidades financieras a aumentar los volúmenes previstos para las renovaciones relacionadas con la eficiencia energética. |
2025-12-31 | Los estados miembros presentarán el primer proyecto de renovación de edificios a la Comisión. |
La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados para el cálculo nacional del PCG a lo largo del ciclo de vida. A más tardar, el primer acto delegado de la Comisión para el cálculo nacional del PCG se adoptará en esta fecha. | |
2026-05-29 | Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1, 2 y 3, 5 a 29 y 32 y en los anexos I, II y III y V a X. |
El certificado de eficiencia energética deberá ser conforme al anexo V. | |
Los Estados miembros introducirán un sistema para pasaportes de renovación de uso voluntario. | |
Cada Estado miembro establecerá una trayectoria nacional para la renovación progresiva del parque inmobiliario residencial en consonancia con la hoja de ruta nacional y los objetivos para 2030, 2040 y 2050 incluidos en su plan nacional de renovación de edificios. | |
2026-12-31 | Los estados miembros presentarán el primer plan de renovación de edificios a la Comisión. |
2027-01-01 | Los Estados miembros publicarán y notificarán a la Comisión una hoja de ruta en la que se detalle la introducción de valores límite sobre el PCG total acumulado a lo largo del ciclo de vida de todos los edificios nuevos y se fijen objetivos para los nuevos edificios a partir de 2030. |
2028-01-01 | Todos los edificios nuevos, propiedad de organismos públicos serán de cero emisiones. |
Los Estados miembros velarán por que el PCG a lo largo del ciclo de vida se calcule de conformidad con el anexo III y se indique en el certificado de eficiencia energética del edificio para todos los edificios nuevos con una superficie útil superior a 1.000 m2. | |
2030-01-01 | Todos los edificios nuevos serán de cero emisiones. |
Los Estados miembros velarán por que el PCG a lo largo del ciclo de vida se calcule de conformidad con el anexo III y se indique en el certificado de eficiencia energética del edificio para todos los edificios nuevos. | |
2030 | Las normas mínimas de eficiencia energética garantizarán como mínimo que todos los edificios no residenciales están por debajo del umbral del 16% |
Los Estados miembros velarán por que el uso medio de energía primaria en kWh/(m2.a) de todo el parque inmobiliario residencial se reduzca como mínimo un 16 %, comparado con el de 2020. | |
2033 | Las normas mínimas de eficiencia energética garantizarán como mínimo que todos los edificios no residenciales están por debajo del umbral del 26% |
2035 | Los Estados miembros velarán por que el uso medio de energía primaria en kWh/(m2.a) de todo el parque inmobiliario residencial se reduzca como mínimo entre un 20 % y un 22 %, comparado con el de 2020. |
2040 | Los Estados miembros velarán por que el uso medio de energía primaria en kWh/(m2.a) de todo el parque inmobiliario residencial sea equivalente o inferior a un valor determinado a nivel nacional derivado de una disminución progresiva del uso medio de energía primaria de 2030 a 2050. |
2050 | El objetivo es lograr en esta fecha un parque inmobiliario de cero emisiones. |