Esta orden articula la primera medida transformadora del PERTE (Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica) de descarbonización Industrial, que consiste en una línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera e incluye la primera convocatoria anticipada.
La gestión de estas ayudas se realizará por el Ministerio de Industria y Turismo.
El ámbito geográfico de las actividades objeto de ayuda será la totalidad del territorio nacional.
Son beneficiarios de las ayudas las sociedades mercantiles estatales que realicen alguna actividad industrial. (Artículo 6. Beneficiarios)
Plazo de realización de las actuaciones: Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta el 31 de marzo de 2026. (Artículo 45)
Plazo de presentación de solicitudes: Entre el 24 de enero de 2024 y el 17 de abril de 2024 (Artículo 54)
Requisitos de las ayudas (Artículo 10. Estructura de las solicitudes de ayuda)
- Cada solicitud presentada se estructurará en un único proyecto tractor, que consistirá en la realización de uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única planta o instalación industrial en operación.
- Cada proyecto tractor deberá acompañarse de un Plan de Eficiencia Energética y Transición Ecológica, según el anexo VIII.
- Cada proyecto primario tendrá una doble clasificación, enmarcándose a la vez según:
- (Artículo 11) Tipo de actuación para reducción de emisiones directas:
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- Descarbonización de fuentes de energía
- Gestión energética integral de procesos industriales
- Descarbonización por reducción de recursos naturales
- Captura, almacenamiento y uso de carbono
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- (Artículo 12) Líneas de ayudas:
- Línea de investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad
- Línea de proyectos de innovación en materia de organización y procesos
- Línea de ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador
- Inversiones en medidas de ahorro energético o eficiencia energética con carácter innovador.
- Inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales.
- Estudios medioambientales.
- Línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME
- Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en una de estas líneas:
- Reducción de emisiones directas de la instalación
- Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica
Los límites e intensidades máximos de ayuda vienen descritos en el artículo 14. En particular, para los proyectos de autoconsumo:
- Para proyectos de generación de energía eléctrica para autoconsumo que no incluyan una instalación de almacenamiento, excepto proyectos de cogeneración de energía eléctrica y térmica: 2.000.000 de euros por empresa y proyecto primario.
- Para el resto de proyectos:
- 10.000.000 euros por empresa y proyecto primario cuando el mismo consiga una descarbonización de entre 3.000 y hasta 25.000 tCO2e anuales;
- 20.000.000 euros por empresa y proyecto primario cuando el mismo consiga una descarbonización de entre 25.001 y hasta 75.000 tCO2e anuales;
- 30.000.000 euros por empresa y proyecto primario cuando el mismo consiga una descarbonización de más de 75.000 tCO2e anuales.
Tipos de proyecto primario |
Intensidades brutas máximas de subvención a las entidades beneficiarias |
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Empresas no PYME |
Medianas empresas |
Pequeñas empresas y microempresas |
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Proyectos de autoconsumo |
Hasta el 45 % del gasto subvencionable del proyecto. |
Hasta el 55 % del gasto subvencionable del proyecto. |
Hasta el 65 % del gasto subvencionable del proyecto. |
El Anexo III ofrece una lista de actuaciones que incluye la Instalación de sistemas de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables para autoconsumo en procesos industriales.
CONTENIDO DE LA ORDEN
CAPÍTULO I – Disposiciones generales
CAPÍTULO II – Requisitos de las ayudas
CAPÍTULO III – Procedimiento de gestión
CAPÍTULO IV – Convocatoria anticipada de ayudas para el año 2024
ANEXO I – Campos de intervención aplicables y coeficientes para el cálculo de la ayuda a los objetivos climáticos
ANEXO II – Requisitos exigibles al acuerdo de agrupación y modelos de declaración responsable
ANEXO III – Lista ilustrativa de los tipos de actuación que se pueden financiar con la línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera
ANEXO IV – Criterios para la comprobación del cumplimiento de los requisitos y metodología para la calificación financiera de las empresas
ANEXO V – Umbrales de intensidad de emisiones para considerar que las emisiones de gases de efecto invernadero son sustancialmente inferiores al valor de referencia
ANEXO VI – Memoria de la Solicitud del proyecto tractor y memorias de las solicitudes de los proyectos primarios
ANEXO VII – Estructura y contenido de la memoria de evaluación sustantiva de las actividades del proyecto que determine el cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo»
ANEXO VIII – Estructura del Plan Específico de Eficiencia y Transición Energética.
ANEXO IX – Modelo de declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia
ANEXO X – Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI). Solicitante
ANEXO XI – Procedimiento de auditoría
ANEXO XII – Definiciones a efectos de aplicación de esta orden
ANEXO XIV – Certificación de cumplimiento de plazos legales de pago por sociedades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada